1. Declaración del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Miembros celebrada el 22 de Octubre de 1999.
  2. Acta Constitutiva de ASOVEND
    Capitulo I: De la Denominación, Objeto, Patrimonio, Domicilio y Duración;
    Articulos 1, 2 y 3
    Capitulo II: De los Miembros
    Articulos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12
    Capitulo III: De la Asamblea
    Articulos 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21
    Capitulo IV: Del Directorio y del Consejo Consultivo
    Articulos 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32
    Capitulo V: De los Comites Regionales - Articulo 33
    Capitulo VI: Patrimonio - Articulo 34
    Capitulo VII: De la Disolución y Liquidación - Articulo 35
 
 

Preámbulo:

Este Código complementa los estatutos de la Asociación Venezolana de Ensayos No Destructivos (ASOVEND). Atendiendo a la importancia que tienen los Ensayos No Destructivos (END) dondequiera que exista alto nivel de riesgo en el desempeño de materiales, componentes, equipos y servicios. El factor humano en la aplicación de los END constituye un aspecto fundamental para la calidad y la seguridad de sistemas, que en caso de fallar, acarrearían graves pérdidas materiales y de vidas humanas. De esto se deduce la gran responsabilidad que reposa en quienes se desempeñan como parte de sistemas de aplicación de END.

¡El compromiso con una conducta profesional ética será exigida a todos los miembros de ASOVEND, tanto miembros individuales como miembros corporativos!

Este Código, consiste en un conjunto de imperativos redactados como declaraciones de responsabilidad personal e institucional y contiene los basamentos teóricos o principios generales utilizados en su concepción. En la elaboración de este Código se tomaron en cuenta aquellos asuntos, de carácter ético, que probablemente enfrenten los profesionales y dirigentes de empresas. Se espera que el código y sus pautas complementarias sirvan como base para la decisión ética requerida en el trabajo profesional. Se entiende que algunas cláusulas, palabras y frases en un código de ética están sujetos a interpretaciones diversas, y que cualquier principio ético puede estar en conflicto con otros principios éticos en situaciones específicas. Los conflictos éticos pueden ser tratados mediante consideraciones sobre principios fundamentales, en lugar de contemplarlas en regulaciones detalladas. Por tal motivo, este Código prevé la designación de un comité que tenga a su cargo la actualización y revisión periódica del mismo, y de un tribunal disciplinario que se encargue de decidir sobre las faltas tanto a este Código como al reglamento de ASOVEND.


CONTENIDO:
  1. Imperativos Morales.
  2. La Responsabilidad Profesional.
  3. Imperativos Orientados hacia la Dirección de las Organizaciones.
  4. Conformidad con el Código.
  5. Mantenimiento del Código.
  6. Tribunal Disciplinario.